Nomenclador único salarial preuniversitario

Más de cuatro años transcurrieron desde que el conjunto de docentes preuniversitarios enrolados en la CONADU HISTÓRICA reclamara la conformación de un escalafón salarial de alcance nacional que organice la tarea docente y respete la premisa constitucional (igual retribución por igual trabajo). Extensos debates en los encuentros nacionales del sector (el último en la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la toma del Colegio Carlos Pellegrini), en las comisiones de los congresos de la federación y en plenarios, sumados a una decidida estrategia gremial que jamás se subordinó a la política de los «topes salariales» que pretendieron imponernos, nos permitieron alcanzar, primero la conformación de una Comisión Técnica ad-hoc en el marco de la Mesa Nacional de Negociación Salarial (que también integran los rectores del CIN y la Secretaría de Políticas Universitarias), y recientemente el acuerdo por la aplicación de la 1ª etapa del Nomenclador Único Salarial Preuniversitario.

Reafirmamos el concepto de CONQUISTA dado que en esta primera etapa se acordó (según se desprende del acuerdo salarial que suscribimos el 8 de abril) que desde el mes de septiembre de 2011 el salario básico mínimo y nacional para el cargo de Maestro de Grado con 20 horas reloj semanales, para las 15 horas cátedra de nivel medio y las 12 horas cátedra de nivel superior semanales, pasará a ser de $ 2.538,60 en TODAS las escuelas preuniversitarias del país, con el debido correlato sobre cada uno de los cargos existentes y proporcionalidades horarias vigentes.

La aplicación de este nomenclador único supone comenzar a desandar las profundas inequidades existentes en el sistema salarial de los colegios y escuelas preuniversitarias, dado que para llegar a este acuerdo hubo que realizar un exhaustivo relevamiento de más de 160 denominaciones de cargos y funciones generando a partir de ello, una categorización y jerarquización por niveles y responsabilidades.

En resumen y teniendo en cuenta que el objetivo final del nomenclador es el de reordenar y establecer un salario común por cargo y/u horas cátedra en todas las Instituciones Preuniversitarias del país tomando como referencia el valor salarial más elevado abonado en las mencionadas instituciones, esta primera etapa significa un gran avance para el movimiento docente en su conjunto; y debe significar un punto de apoyo que nos permita conquistar el convenio colectivo de trabajo único nacional, el adicional a la exclusiva y efectiva dedicación docente a la Universidad y la media canasta para el cargo testigo.

En definitiva transitar el mismo camino de compromiso y lucha que nos permitió alcanzar el blanqueo y la recomposición de nuestros sueldos, el salario para los ad honorem y la ley de jubilación móvil.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de septiembre de 2011.-

Claudia Baigorria

Secretaria General

Sergio Zaninelli

Secretario de Niveles Preuniversitarios

Zarella Araúz Méndez

Secretaria de Prensa e integrante de la Comisión de Nomenclador

Preuniversitario

Más de cuatro años transcurrieron desde que el conjunto de docentes preuniversitarios enrolados en la CONADU HISTÓRICA reclamara la conformación de un escalafón salarial de alcance nacional que organice la tarea docente y respete la premisa constitucional (igual retribución por igual trabajo). Extensos debates en los encuentros nacionales del sector (el último en la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la toma del Colegio Carlos Pellegrini), en las comisiones de los congresos de la federación y en plenarios, sumados a una decidida estrategia gremial que jamás se subordinó a la política de los «topes salariales» que pretendieron imponernos, nos permitieron alcanzar, primero la conformación de una Comisión Técnica ad-hoc en el marco de la Mesa Nacional de Negociación Salarial (que también integran los rectores del CIN y la Secretaría de Políticas Universitarias), y recientemente el acuerdo por la aplicación de la 1ª etapa del Nomenclador Único Salarial Preuniversitario.

Reafirmamos el concepto de CONQUISTA dado que en esta primera etapa se acordó (según se desprende del acuerdo salarial que suscribimos el 8 de abril) que desde el mes de septiembre de 2011 el salario básico mínimo y nacional para el cargo de Maestro de Grado con 20 horas reloj semanales, para las 15 horas cátedra de nivel medio y las 12 horas cátedra de nivel superior semanales, pasará a ser de $ 2.538,60 en TODAS las escuelas preuniversitarias del país, con el debido correlato sobre cada uno de los cargos existentes y proporcionalidades horarias vigentes.

La aplicación de este nomenclador único supone comenzar a desandar las profundas inequidades existentes en el sistema salarial de los colegios y escuelas preuniversitarias, dado que para llegar a este acuerdo hubo que realizar un exhaustivo relevamiento de más de 160 denominaciones de cargos y funciones generando a partir de ello, una categorización y jerarquización por niveles y responsabilidades.

En resumen y teniendo en cuenta que el objetivo final del nomenclador es el de reordenar y establecer un salario común por cargo y/u horas cátedra en todas las Instituciones Preuniversitarias del país tomando como referencia el valor salarial más elevado abonado en las mencionadas instituciones, esta primera etapa significa un gran avance para el movimiento docente en su conjunto; y debe significar un punto de apoyo que nos permita conquistar el convenio colectivo de trabajo único nacional, el adicional a la exclusiva y efectiva dedicación docente a la Universidad y la media canasta para el cargo testigo.
En definitiva transitar el mismo camino de compromiso y lucha que nos permitió alcanzar el blanqueo y la recomposición de nuestros sueldos, el salario para los ad honorem y la ley de jubilación móvil.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de septiembre de 2011.-

Claudia
Baigorria

Secretaria General

Sergio Zaninelli

Secretario de Niveles Preuniversitarios

Zarella Araúz Méndez

Secretaria de Prensa e integrante de la Comisión de Nomenclador
Preuniversitario

Adjuntamos:
1)
Acta Acuerdo de la
Comisión de Niveles Preuniversitarios del 9 de septiembre de 2011

2) Anexo al Acta Acuerdo.

3) Instructivo de liquidación
salarial docente – septiembre de 2011.